Guía · verificada el 2 de octubre de 2026
Licencia médica rechazada: a quién se apela y en qué plazo
Te rechazaron o te redujeron la licencia, y lo primero que aparece en internet es que hay que ir a la COMPIN. Si estás en una isapre, esa idea te hace perder tiempo y, a veces, el plazo.
En isapre, la COMPIN no resuelve tu licencia: resuelve tu isapre. El contralor médico de la isapre es quien autoriza, rechaza, reduce o modifica. La COMPIN aparece recién cuando apelas.
La ruta completa, con los plazos que importan
- Tu isapre resuelve. Te notifica el rechazo o la reducción por carta certificada.
- Apelas ante la COMPIN del domicilio que tengas registrado en tu contrato de salud. Tienes 15 días hábiles contados desde que recibes esa carta certificada. Este es el plazo crítico de todo el proceso.
- Si la COMPIN falla en contra, reclamas ante la SUSESO, la Superintendencia de Seguridad Social.
- La Superintendencia de Salud entra solo en un caso: si la isapre no acata un fallo que te fue favorable. No revisa el fondo médico de la licencia.
Sobre los tiempos de respuesta: no encontramos un plazo legal que obligue a la COMPIN ni a la SUSESO a responder en una fecha determinada. La Superintendencia menciona un tiempo promedio de gestión de la COMPIN de alrededor de 30 días, pero es un promedio, no una obligación. Y para reclamar ante la SUSESO no hay un plazo expreso establecido, aunque conviene no demorar.
Cuánto te corresponde: el subsidio por incapacidad laboral
Lo que se paga mientras estás con licencia es el subsidio por incapacidad laboral (SIL). No todo el mundo califica.
Requisitos si eres trabajador dependiente
- Seis meses de afiliación previsional anteriores al mes en que empieza la licencia.
- Tres meses de cotización dentro de los seis meses anteriores.
- Contrato vigente y licencia autorizada.
- Si trabajas contratado por día: 30 días de cotizaciones, continuos o discontinuos, dentro de los 180 días previos.
Requisitos si eres independiente
- Doce meses de afiliación a salud previos al mes de la licencia.
- Al menos seis meses de cotizaciones dentro de esos doce.
- Estar al día en el pago de cotizaciones.
Cómo se calcula
Se toma el promedio de la remuneración mensual neta de los tres meses calendario anteriores al mes en que empieza la licencia. El monto diario es la trigésima parte de ese promedio, y no puede ser inferior a la trigésima parte del 50% del ingreso mínimo.
Los tres días que casi nadie sabe que no se pagan
Licencias de más de 10 días: se pagan desde el primer día.
Licencias de 10 días o menos: se pagan desde el cuarto día. Los tres primeros no se pagan.
Y acá viene el dato que más plata recupera, porque casi nadie lo aplica: si una licencia se otorga inmediatamente a continuación de otra y por el mismo diagnóstico, se consideran como una sola.
Es decir, dos licencias seguidas de 7 días por el mismo diagnóstico no son dos licencias de 7 días con tres días de carencia cada una: son una licencia de 14 días, y se paga desde el día uno. Si te las tramitaron por separado y te descontaron carencia dos veces, eso se reclama.
Qué hacer si te la rechazaron
- Mira la fecha de la carta certificada. Desde ahí corren tus 15 días hábiles. Anótala el mismo día que la recibes.
- Pide a tu médico un informe que respalde el reposo, con antecedentes clínicos. La mayoría de las apelaciones se pierden por falta de respaldo, no por falta de razón.
- Apela ante la COMPIN de tu domicilio registrado, no el de donde vives hoy si no los actualizaste.
- Si pierdes, reclama ante la SUSESO. Es una instancia distinta y revisa de nuevo.
- Si ganas y la isapre no cumple, ahí recién corresponde la Superintendencia de Salud.
Tres cosas que no publicamos porque no encontramos fuente oficial que las respalde: el listado exacto de documentos que exige la apelación ante la COMPIN, el tope máximo del subsidio, y un ranking de los motivos más frecuentes de rechazo. Para los documentos, pídelos directamente en la COMPIN que te corresponde antes de presentar.
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Información verificada contra fuentes oficiales el 2 de octubre de 2026. Las normas y los montos cambian: si estás tomando una decisión, confirma en el enlace oficial que acompaña cada dato. Esta guía es orientación general y no reemplaza la revisión de tu contrato ni asesoría legal.